miércoles, 1 de mayo de 2013
miércoles, 3 de abril de 2013
VALORACIÓN ECONÓMICA DE TERRENOS COMUNALES CIRCUNDANTES AL LAGO CHINCHAYCOCHA
INTRODUCCION
Es conocido que de acuerdo a la Legislación Peruana,
las Comunidades tienen Derecho ancestral de Usufructuar los pastos en las
márgenes del Lago Chinchaycocha desde antes de la construcción de la Presa de
Upamayo. Las Comunidades dejan de percibir beneficios por el uso de facto de
los terrenos por parte de las Empresas Hidroenergéticas cuyos beneficios o
lucros económicos son reflejados en sus Estados Financieros y memorias anuales.
Por su naturaleza el AGUA forma un binomio con la
TIERRA; para almacenar con fines de utilización en hidroenergéticas,
regadíos, consumo masivo, etc., por su volumen nunca se puede desligar de
un espacio denominado TIERRA o Suelo, a más volumen de agua mayor extensión de
terreno ampliándose el espejo o vaso de agua.
El conflicto Social en el entorno del lago
Chinchaycocha no nace en el Pueblo o la Comunidad sino nace en el propio
Estado, estructurada en la absorción de todo recurso económico y no
redistribuir con justicia, a los que realmente contribuyen al erario nacional
a costo del pan de sus hijos y vegetación en el abandono y la miseria. Se
necesita un acto político de no continuar en el colonialismo acostumbrado
de tomar los bienes ajenos sin retribución como sucede en la actualidad con las
Empresas Hidroenergéticas.
La hermosura de la naturaleza de la zona es
valiosa para el poblador por que cumplen una serie de funciones de
bienestar. Las personas se sienten felices al gozar de un ambiente sano,
viven de ella, hacen sus raíces genealógicas, dejan su juventud, aman cada
milímetro de sus campos, continúan lo que sus ancestros los lego… si
alguien les afecta tienen la obligación de reparar y compensar.
Se ha considerado como Empresa referente para el
presente estudio a la empresa ELECTROPERU por ser Gran empresa que utiliza los
recursos hídricos en su totalidad para el funcionamiento del Complejo
Hidroeléctrico Mantaro.
1.- PREMISAS Y CONSIDERACIONES
En Enero del 2010, el Grupo Técnico Temporal de
Alto Nivel del Comité de Gestión Ambiental Chinchaycocha, presenta
Informe Final de evaluación de daños y perjuicios a las comunidades, por
lo que sería redundante en esta oportunidad volver a reseñar los daños que son
conocidos amplia y profundamente por el Estado, las Empresas vinculadas,
las Comunidades Campesinas y gran parte de la colectividad
La valoración económica de los terrenos comunales es
un camino de tres escenarios:
El primer escenario desde el inicio de la ejecución
del estudio de la construcción de la Presa hasta 1930, el segundo de 1931
al 2011 y tercero del 2012 al futuro.
Para el primer escenario la cuantificación ha sido
resuelta con la Resolución Suprema N. 109 del 10 de Noviembre de 1950; de
acuerdo a la parte resolutiva número uno son 26,993 has., de terrenos afectadas
e individualizadas a cada Comunidad mediante Resolución Suprema del 25 de
Octubre de 1929 y ratificada por Resolución Suprema del 12 de Julio de
1934.
Para el segundo escenario, la misma Resolución Suprema
109, en la parte resolutiva número cinco establece: “El pago de las indemnizaciones
a que se contiene la presente Resolución, cubre los daños ocasionados hasta el
año 1930. Quiere decir desde 1931 al 31 de Diciembre del 2011, (fecha de
quiebre) no se ha resuelto ninguna indemnización por los terrenos afectados a
las Comunidades.
El tercer escenario, es a futuro, vale decir a partir
del 01 de enero del 2012, propuesta denominada Derecho de Uso o Usufructo, por
las tierras comunales circundantes al lago usadas de facto por las
Empresas Hidroeléctricas.
La presente valoración es justamente para éste tercer
escenario y que indudablemente servirá como base para las dos anteriores.
2.- VALORACIÓN ECONÓMICA
2.1.- PRECIO DE
MERCADO
Este método estima el valor económico de las tierras
comunales transadas mediante convenios bilaterales entre Comunidad
Campesina y Empresas con fines de lucro de la zona.
Para el desarrollo de la presente se tuvo acceso a
información de los convenios siguientes:
2.1.1.- Convenio celebrado entre la Comunidad
Campesina de Huayllay y la Empresa Minera Pan American Silver SA del 07
de mayo del 2007.
Servidumbre: $400 dólares por hectárea por año
Regularización de Uso: S/. 302.78 nuevos soles
por hectárea y por año.
2.1.2.- Convenio celebrado entre la Comunidad
Campesina de Huayllay y la Empresa Administradora Chungar SAC., del 24 de
Octubre del 2008.
Servidumbre: $400 dólares por hectárea por año
Regularización de uso: S/. 900,000 nuevos soles
2.1.3.- Contrato de Derecho de Usufructo inscrita en
Registros Públicos entre la Comunidad Campesina San Antonio de Rancas y la
Empresa Volcán Compañía Minera SAA., del 03 de Marzo del 2011.
Derecho de usufructo: $ 865.45 Dólares por hectárea y
por año (zona Ocroyoc)
Derecho de usufructo: $ 850.00 Dólares por Hectárea y
por año (zona Rumiallana)
Regularización o resarcimiento: $ 270,195.45 por
44.976 hectáreas
2.1.4.- Contrato de Derecho de Uso número de
registro 049, celebrado entre la Comunidad Campesina de Yurajhuanca y la
Compañía Minera Aurífera Aurex SAC., del 25 de Noviembre de 1994.
Derecho de Uso de 04 Hectáreas de terreno a 1,500
dólares anuales por hectárea.
2.2.- CAMBIO DE PRODUCCION
Con ésta metodología se trata de estimar la
rentabilidad actual de los terrenos usados por las Hidroenergéticas. Dicho de
otra manera ya que los campesinos dejaron de usufructuar las tierras en la
ganadería, cuanto produce cada metro cuadrado o hectárea a favor de las
empresas Hidroenergéticas al ser usadas como almacén de la imprescindible
MATERIA PRIMA EL AGUA.
Para ello contamos con la valiosa herramienta de los
Estados Financieros debidamente Auditados y presentados a la SUNAT de los
ejercicios 2011 y 2010 de la empresa ELECTROPERU.
Se realizó Contabilidad de Costos por fuentes de
Producción de Energía, para nuestro caso solo se tomó los datos desde el
almacenamiento de la Materia Prima EL AGUA en el lago Chinchaycocha. Las otras
fuentes denominadas Sistemas de Lagunas y térmica de Tumbes solo como
referencia.
Durante el 2011 y 2010, se almacenó materia prima:
el agua en el lago chinchaycocha 314’740,000 m3 y 437’990,000 m3
respectivamente, este recurso se utilizó en el Complejo Hidroeléctrico
Mantaro produciendo 4218,96 GWh. el 2011 y 936,9 GWh el 2010, teniendo una
participación de 59.53% y 69.53%. Cuadro 1.
En el 2011 y 2010, ELECTROPERU tuvo ingresos por S/.
429’449,944.21 y S/.614’645,200.00 solamente de la energía producida por la
materia prima almacenada en el lago a S/. 158,709.90 y S/. 148,821.54 por cada
GWh. Cuadro 2
En el ejercicio económico 2011 el Estado Peruano
recibió por concepto de tributos y utilidades S/. S/.
207’900,000.00 nuevos soles y por utilidades: S/. 206’080.00 nuevos soles,
haciendo un total de S/. 413’980.00 nuevos soles.
En el ejercicio económico 2011 el Estado Peruano
recibió por concepto de tributos y utilidades: S/. 246’442,294.00 y
en el 2010 S/. 302’937,287.97 nuevos soles, solamente de
fuente Lago Chinchaycocha. Cuadro 3
La Municipalidad Provincial de Junín en el mismo
ejercicio por concepto de Canon Hidroenergéticas percibió en el 2011 S/.
294,767.78. y en el 2010 S/. 466,570.30 representando 0.12% y 0.15%
respectivamente. Para ser más exacto sobre el canon, se recibió 0.48% 0.54% del
50% del Impuesto a la Renta Y qué decir de las Comunidades Campesinas
circundantes que aportantes sus terrenos comunales sin percibir
recurso económico alguno.
De la relación Utilidades antes de Participación e
Impuestos con terrenos afectadas por el uso como almacén de materia prima se
desprende: que UNA HECTAREA DE TERRENO UBICADA EN EL ENTORNO DEL LAGO
CHINCHAYCOCHA TIENE UNA RENTABILIDAD DE S/. 10,497.64 en 1911 y
S/.10,662.65 el 2010. Dicho de otra manera le ha producido a ELECTROPERU cada
metro cuadrado S/. 1.05 nuevo sol el 2011 y S/. 1.07nuevo sol el 2010.Cuadro 4.
Creemos que la Ley 27319 del 21 de Julio del
2000 en la que se transfiere las acciones de la Empresa Electro Perú al
Fonahpu, no es justo por carecer de sensibilidad humana, de
sustento técnico y que constituye acto político para resolver conflictos de
terceros que nada tienen que ver con los afectados y generadores de ingresos
para el Estado.
2.3 ESTIMACIÓN CUANTITATIVA POR DERECHO DE USO O
USUFRUCTO DE TERRENOS COMUNALES DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS CIRCUNDANTES AL
LAGO CHINCHAYCOCHA
Consideramos con mayor objetividad que es de justicia:
|
$
400.00 DOLARES AMERICANOS ANUALES POR HECTÁREA
|
Para aclarar el caso:
$ 400.00 X 26,993*has = $ 10’797,200
anuales, su equivalencia en soles t/c. 2.70 es:
S/. 29’152,440.00 nuevos soles anuales.
Que representa el 10.29% o 10.13% del 2011 y 2010
respectivamente de las utilidades antes de participaciones e impuestos generadas
del almacenaje de la Materia Prima en el LAGO CHINCHAYCOCHA.
Dicho de otra manera: 6.12% o 7.05% del 2011 y 2010 de
las Utilidades antes de impuestos Declarados a la SUNAT por ELECTROPERU.
*Terrenos comunales afectados y reconocidos por
Resolución Suprema del 25 de Octubre de 1929, ratificada por Resolución
Suprema del 12 de Julio 1934 y Resolución Suprema número 109 del 10 de
Noviembre de 1950
Se debe tener presente que los trabajadores de acuerdo
a Ley tienen derecho de participación a las utilidades del 5% para el caso de
las Hidroenergéticas. Ejemplo: en el 2011, solo 276 trabajadores de
ELECTROPERU, se distribuyeron por concepto de utilidades S/. 23’800,000 y en el
2010, 269 trabajadores se distribuyeron S/. 20’690,464 nuevos
soles; muy aparte de sus sueldos ¿Y cuántos Comuneros de la Provincia de
Junín se benefician?
CUADRO 1
RECURSO HÍDRICO 2011 UTILIZADO POR ELECTROPERU
|
MATERIA
PRIMA AGUA DE:
|
Agua
Metros
3
|
Producción
de Energía GWh
|
Porcentaje
(%)
|
|
Lago
Chinchaycocha
|
314’740,000
|
4218,96
|
59.53
|
|
Sistema de lagunas
|
212’100,000
|
2843.24
|
40.12
|
|
Térmica Tumbes
|
-
|
24,9
|
0.35
|
|
Totales
|
7087,10
|
100.00
|
RECURSO HÍDRICO 2010 UTILIZADO POR ELECTROPERU
|
MATERIA
PRIMA AGUA DE:
|
Agua
(metros 3)
|
Producción
de Energía GWh
|
En
Porcentaje
(%)
|
|
Lago
Chinchaycocha
|
437’990,000
|
4936,90
|
69.53
|
|
Sistema de lagunas
|
187’600,000
|
2115.80
|
29.80
|
|
Térmica Tumbes
|
-
|
47,50
|
0.67
|
|
Totales
|
7100,20
|
100.00
|
CUADRO 2
VENTAS 2011 POR ELECTROPERU
|
MATERIA
PRIMA AGUA DE:
|
GWh.
VENDIDAS
|
Precio por
cada GWh. (S/.)
|
Precio
Venta sin IGV (S/.)
|
|
Lago
Chinchaycocha
|
2 705’88
|
158,709.90
|
429’449,944.21
|
|
Sistema de lagunas
|
1 823’61
|
158,709.90
|
289’424,960.74
|
|
Térmica Tumbes
|
15’91
|
158,709.90
|
2’525,074.51
|
|
Totales
|
4 545’40
|
158,709.90
|
721’399,979.46
|
VENTAS 2010 POR ELECTROPERU
|
MATERIA
PRIMA AGUA DE:
|
GWh.
|
Precio por
cada GWh. (S/.)
|
Precio
Venta sin IGV (S/.)
|
|
Lago
Chinchaycocha
|
4 130’08
|
148,821.54
|
614’645,200.00
|
|
Sistema de lagunas
|
1 770’12
|
148,821.54
|
263’432,000.00
|
|
Térmica Tumbes
|
39’80
|
148,821.54
|
5’922,800.00
|
|
Totales
|
5 940’00
|
148,821.54
|
884’000,000.00
|
CUADRO 3
INGRESOS DEL ESTADO PERUANO DE ELECTROPERU
|
CONCEPTO
|
2011
|
2010
|
|
Impuesto a la Renta
IGV
Otros
Distribución de
Utilidades
|
121’600,000
86’300,000
206’080,000
|
159’600,000
83’200,000
7’200,000
185’692,921
|
|
Total (nuevos soles)
De ello Contribuyó el:
|
413’980,000
|
435’692,921
|
|
LAGO
CHINCHAYCOCHA
|
246’442,294.00
|
302’937,287.97
|
El Lago Chinchaycocha contribuyó en el 2011
(59.53%) S/. 246’442,294.00 nuevos soles y para el 2010 (69.53%) S/.
302’937,287.97 nuevos soles.
CUADRO 4
RELACIÓN INGRESOS - TERRENOS AFECTADOS (ELECTROPERU)
|
AÑO
|
Ingresos
por Ventas
|
Terrenos
Afectados (Has)
|
Rendimiento
por Hectárea (S/.)
|
Rendimiento
por Metro 2 (S/.)
|
|
2011
|
429’449,944.21
|
26,993
|
15,909.68
|
1.59
|
|
2010
|
614’645,200.00
|
26,993
|
22,764.63
|
2.28
|
RELACIÓN UTILIDADES ANTES DE PARTICIPACION E IMPUESTOS
CON TERRENOS AFECTADOS
|
AÑO
|
Utilidad
antes de Impuestos
|
Terrenos
Afectados (Ha)
|
Rendimiento
por Hectárea (S/.)
|
Rendimiento
por Metro 2 (S/.)
|
|
2011
|
283’362,800.00
|
26,993
|
10,497.64
|
1.05
|
|
2010
|
287’816,763.65
|
26,993
|
10,662.65
|
1.07
|
San Borja, 15 de Julio del
2012
jueves, 21 de marzo de 2013
Lago Chinchaycocha
El lago Junín o Chinchaycocha (quechua: Chinchay qutra, 'lago del gato andino')? se encuentra en la provincia de Junín, departamento de Junín en el Perú. Está a una altura superior a los 4.080 msnm y da origen al río Mantaro que irriga el valle homónimo, considerado el más ancho de los andes centrales peruanos.
Es el segundo lago más extenso del país detrás del
lago Titicaca, y acoge entre sus pantanos, totorales e islotes miles de
especies de aves acuáticas, ranas, cuyes silvestres, zorros y vizcachas que se
adaptaron al clima gélido de la puna. Asimismo, en esta zona se encuentran los
factores apropiados para el cultivo de la maca. Esta riqueza de flora y fauna
ha dado razón a que el Gobierno peruano lo declare como Reserva Nacional.
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